¿Qué es el IVA y el ISR?
Conoce los impuestos que se le pagan al gobierno para solventar los gastos públicos.
Si no tienes clara la definición del Impuesto Sobre la Renta (ISR) e Impuesto al Valor Agregado (IVA) independientemente de que estés o no de acuerdo con el régimen fiscal, estás obligado a declarar para no incurrir en sanciones. Es muy difícil si no cuentas con un contador que te apoye, por eso es importante saber que existen varios tipos de impuestos, y entender qué son y cuáles aplican en tu caso puede resultar confuso, por eso aquí te explicamos sus características y conceptos para que puedas entender mejor estos términos fiscales.
Por Jose Alfonso Fernandez
Volver al menú de blogs- Impuesto Sobre la Renta: De acuerdo con el Servicio de Administración Tributaria (SAT), el ISR es una obligación tributaria que deben cumplir las personas físicas y morales, el impuesto se aplica a los ingresos que aumenten los recursos del contribuyente. Las personas físicas o morales que sean residentes en México o perciban rentas de fuentes ubicadas en el país deberán cumplir con este impuesto. Los cambios anuales en el paquete económico suelen afectar estos rangos y porcentajes, por ello, es importante estar al tanto de las actualizaciones a través del buzón fiscal. Este es uno de los impuestos a los que más nos enfrentamos todos los días, sin embargo, lo mejor que puede hacer es, si no va a contar con la ayuda de un contador, busque asesoramiento si es necesario sobre cómo hacerlo. Se debe pagar ISR cuando se obtienen ingresos en México por cualquiera de los siguientes conceptos:
- Salarios.
- Honorarios.
- Remuneraciones a miembros de consejos, administradores, comisarios y gerentes.
- Arrendamiento de inmuebles y muebles.
- Contratos de servicio turístico de tiempo compartido.
- Regalías, asistencia técnica y publicidad.
- Intereses.
- Remanente distribuible de personas morales con fines no lucrativos.
- Dividendos, utilidades, remesas y ganancias distribuidas por personas morales.
- Impuesto al Valor Agregado: El IVA es un impuesto indirecto, o sea, ya está incluido en el coste del producto o servicio adquirido, de manera que en cada compra que realizamos pagamos el precio del producto o servicio más un porcentaje de IVA correspondiente. Además, quien venda o preste el servicio deberá entregar el monto correspondiente a este impuesto al Ministerio de Hacienda. En cada compra pagamos el precio del artículo más el porcentaje de impuesto aplicable a su coste, quien venda o preste servicios no se quedará con este impuesto porque tiene que pagar a Hacienda cada 3 meses el impuesto recaudado en las facturas emitidas a los clientes y el impuesto pagado por los gastos necesarios para hacer crecer su negocio según la diferencia entre actividades (gastos deducibles). Existen tres tipos de IVA en función del porcentaje aplicado sobre el precio de venta:
- General: Con carácter general, todos los negocios, ya sean de venta de bienes o de prestación de servicios, están sujetos al tipo general del impuesto, que es del 16%.
- Reducido: Se reducirá el tipo impositivo del 10% para uso de agua, productos sanitarios, venta de viviendas, distribución de alimentos para consumo humano, etc.
- Superreducido: El tipo impositivo superreducido del 4% es aplicable en a las operaciones en la venta de alimentos no procesados (pan, huevos, frutas, verduras, etc.), venta de medicamentos, venta de libros o y periódicos, entre otras.
- Bibliografía:
- Gobierno de México, (2022), Secretaria de Hacienda, Servicio de Administración Tributario, consultas de orientación, En qué casos debes pagar el impuesto sobre la renta, recuperado de: https://www.sat.gob.mx/consulta/06711/en-que-casos-debes-pagar-el-impuesto-sobre-la-renta
- Gobierno de México, (2022), Secretaria de Hacienda, Servicio de Administración Tributario, Normatividad, Disposiciones aplicables al régimen de Arrendadores, Ley del Impuesto al Valor Agregado, Articulo 32: Obligaciones, recuperado de: https://www.sat.gob.mx/articulo/06090/articulo-32
- Gobierno de México, (2022), Secretaria de Hacienda, Servicio de Administración Tributario, Normatividad, Disposiciones aplicables al régimen de Arrendadores, Ley del Impuesto Sobre la Renta, Articulo 90: Personas físicas obligadas al pago del ISR, recuperado de: https://www.sat.gob.mx/articulo/28342/articulo-90